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RESPONSABILIDAD MÉDICA

 

 

Como en cualquier campo de trabajo o realización de actividades se asume una responsabilidad por parte del profesional que está en acción. De esta misma forma, en la Medicina también se asume a cabalidad la responsabilidad de todos los actos médicos realizados por los profesionales de la salud.

Al hablar de acto médico nos referimos a las intervenciones realizadas con fines diagnósticos, terapéuticos, o de rehabilitación que son realizados bajo la responsabilidad del médico tratante. En Colombia los actos médicos son de medios, no de resultados, exceptuando situaciones como por ejemplo, en Cirugía plástica, donde se debe asegurar al paciente un resultado final.

Hablamos de los siguientes tipos de responsabilidad médica:

  • Penal: la cual priva de la libertad al profesional en salud.

  • Civil: la cual el profesional en salud hace una indemnización económica a la persona afectada.

  • Laboral: en la cual se le impone una sanción administrativa al profesional en salud.

  • Administrativa: en la que se genera una multa directamente por INDECOPI

  • Ética: en la que se impone una sanción ética por el CMP

  • Moral: es la que individualmente como profesional de salud hace como reflexión de su acto. 

A su vez hablamos de Culpa Médica, clasificándola en tipos y formas:

Los tipos:

  • Dolo: Cuando el acto es realizado con la intensión de generar daño a la persona, como por ejemplo, los profesionales que realizan los abortos.

  • Culpa: Cuando el acto no es realizado con la intensión de realizar el daño, pero está provocado por una forma de culpa médica, como negligencia, impericia, entre otras.

  • Caso Fortuito: Cuando tras la realización de un acto surgen hechos extraordinarios, los cuales no son previstos ni esperados por el profesional de salud.

Las formas:

  • Imprudencia: Es cuando el profesional en salud realiza actos sin cautela ni teniendo en cuenta las precauciones de cada caso.

  • Impericia: Se refiere a los actos realizados por el medico sin este tener un adecuado conocimiento para realizarlo. En la impericia se puede caer por tres mecanismos: Origen (No tenía ningún conocimiento previo), Olvido (adquirió el conocimiento y lo olvido) y Practica (solo tenía conocimiento teórico,  no practico).

  • Negligencia: Se refiere al descuido por parte del profesional de salud en la realización de un acto, se conoce también como mala praxis. También se incurre en esta forma de culpa cuando se postergan acciones que son requeridas en un determinado momento.

  • Inobservancia de normas y reglamentos: Se produce cuando el medico no sigue ni cumple las normas o reglas ya establecidas para la prevención de un daño evitable.

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© 2014 BY SEPTIMO SEMESTRE UDCA

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